ASESPORT, SERVICIOS DEPORTIVOS

ASESPORT, SERVICIOS DEPORTIVOS

ASESPORT nace de la necesidad de las Asociaciones y Entidades Deportivas, incluso del deporte de  base, de adaptarse a la vigente normativa en materias de Contabilidad, Administración, Fiscales y, muy especialmente, Laborales.

ASESPORT ofrece a colegios, clubs y asociaciones deportivas la fórmula idónea para solucionar los problemas generados por las nuevas normativas.

Mucho mejor que una gestoría o asesoría
Mucho mejor que un departamento de administración

ASESPORT contrata la plantilla de monitores y entrenadores que cada colegio o club quiera para desarrollar su actividad deportiva. Liberamos de la complejidad de los aspectos laborales, de contratación, de pago de nóminas, de impuestos y seguros sociales.

Eliminamos toda la burocracia. Todas las responsabilidades ante la seguridad social e Inspección de trabajo recaen exclusivamente en ASESPORT, liberando a los clubs y asociaciones deportivas, así como a sus dirigentes, de posibles responponsabilidades, sanciones y multas.

ASESPORT ESPONSORIZACIÓN. Como empresa de servicios deportivos nuestros clientes pueden aprovecharse de nuestros servicios y obtener un MAYOR rendimiento procedente de la esponsorización.

ASESPORT es una marca del Grupo ELCOVAL, empresa creada en el año 2007 con una amplia experiencia en el mundo de la música y las artes escénicas, donde hace años ya se generó una problemática similar para compañías de teatro y grupos musicales, tanto amateurs como semiprofesionales, resuelta con nuestra mediación.

LA LEY DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES

La nueva Ley 27/2014 de 27 de Noviembre del Impuesto de Sociedades, que entró en vigor el pasado 1 de Enero de 2015, obliga a todas las entidades sin ánimo de lucro a presentar sus cuentas ante Hacienda. El marco legal se amplía a todos los clubs deportivos, federaciones y asociaciones deportivas que estaban, hasta ahora, exentos de declarar ante la Agencia Tributaria.

El problema que se genera con la nueva Ley es, esencialmente, burocrático y la mayor dificultad será contable, a la hora de separar los ingresos y gastos que estén exentos de impuestos de los que no lo estén.

Simultáneamente, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social junto con el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, han desarrollado esta Ley mediante la regularización de la relación laboral de los trabajadores de clubes y asociaciones deportivas sin ánimo de lucro mediante un contrato laboral a tiempo parcial, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional decimosexta de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, encuadrado en el campo de aplicación de la Seguridad Social de la actividad desarrollada en clubs y entidades deportivas sin ánimo de lucro que pueda considerarse marginal y no constitutivo de medio fundamental de vida.

El objetivo, citamos textualmente, según el Consejo Superior de Deportes es proteger los derechos de los trabajadores –entrenadores, monitores, preparadores físicos u otro personal- que no figuran en alta en la Seguridad Social, para evitar que sean privados de derechos, tanto laborales como de protección social.

Curiosamente, la aplicación de dicho plan de lucha contra el empleo irregular en las entidades deportivas vino acompañada de una serie de actuaciones inspectoras de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social durante los años 2013 y 2014.

LA LEY DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES

ESPONSORIZACIÓN

OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES DEPORTIVAS

Es muy importante conocer todas las Obligaciones a las que están sometidas las Asociaciones y Entidades Deportivas.

OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS

En una primera clasificación están las que tienen exclusivamente Actividades Deportivas exentas de IVA y las que, además, realizan cualquier Actividad Económica sujeta a impuestos, entre las que podemos señalar:

  • Venta de camisetas, material deportivo o merchandising
  • Gestión de publicidad y esponsors en equipaciones, vallas, pancartas, etc.
  • Gestión de bar
  • Venta de entradas para acceder a los espectáculos deportivos
  • Venta de rifas, loterías, etc.

Resulta de enorme importancia conocer en qué medida afecta la realización de cualquiera de estas actividades a las obligaciones, especialmente fiscales, que conllevan en consecuencia para la Entidad Deportiva. La mayoría de ellas son también resueltas por ASESPORT.

OBLIGACIONES CONTABLES

Libro registro de socios con altas y bajas.
Contabilidad.
Legalizacion de libros y cuentas contables.
Presentación cuentas registro mercantil.

OBLIGACIONES LABORALES

Obtencion de certificado digital.
Numero patronal cuenta de cotizacion s.s.
Libro de visitas inspeccion de trabajo
Altas y bajas de trabajadores.
Pago mensual de nóminas.
Prevencion de riesgos laborales.

OBLIGACIONES FISCALES

C.I.F.: Obligatorio para todas Asociaciones y Entidades Deportivas.
I.A.E.: Únicamente obligatorio en caso de realización de actividades económicas además de las puramente deportivas que están exentas.
I.V.A.: Únicamente obligatorio en caso de realización de actividades económicas además de las puramente deportivas que están exentas.
I.S.: Obligatorio según ciertos requisitos.
I.R.P.F.: Presentación trimestral de retenciones.

OTRAS OBLIGACIONES

L.O.P.D.: Ley orgánica de protección de datos. Obligatorio.

PROBLEMAS ADMINISTRATIVOS

A lo largo del año 2013 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social realizó una serie de actuaciones inspectoras -como consecuencia de la aplicación del plan de lucha contra el empleo irregular en las entidades deportivas aprobado por el Gobierno en 2012-, para evitar que los entrenadores, monitores, preparadores físicos u otro personal de estos clubs deportivos, que no estén dados de alta en la Seguridad Social, se vean privados de derechos, tanto laborales como de protección social.

Resulta difícil ignorar el carácter laboral de las relaciones de aquellos que en el ámbito de organización y dirección del club o entidad presten servicios retribuidos. Así, se propone regular esta relación mediante un contrato a tiempo parcial.

ASESPORT elimina de toda responsabilidad ante la seguridad social e inspecciones de trabajo a los dirigentes de los clubes, colegios, etc. de sanciones y multas.

Tal y como se detalla en el informe, ni el animo de lucro determina la exclusión de un empresario del sistema de la Seguridad Social, ni la percepción de cantidades inferiores al salario mini mo interprofesional que reciben los trabajadores supone en si misma la exclusión de la relación como laboral.

PROBLEMAS ADMINISTRATIVOS

INSPECCIONES Y SANCIONES

Mostramos varios ejemplos de sanciones a diferentes clubes en España, sacados de la prensa deportiva, internet y redes sociales.

Noticia de

Inspecciones en clubes de fútbol no profesionales

  • Los abogados utilizamos expresiones del tipo: "Sólo hay dos cosas seguras en la vida que siempre llegan: la muerte y los impuestos". A los abogados laboralistas nos gusta sustituir en esta frase la palabra "los impuestos" por "la inspección de trabajo". Pues bien, la inspección de trabajo ha puesto sus ojos en el deporte, después de haber realizado inspecciones en la mayoría de los clubes de fútbol no profesionales de Cataluña, Andalucia, Extremadura, Valencia y Madrid, y en la propia Federación Catalana de Fútbol desde el año 2012. Grandes clubes deportivos muy cercanos, como el Club Natació Sabadell, han recibido "la visita" de los temidos inspectores de trabajo con el resultado de un acta de sanción de más de 1 millón de euros.

Noticia de

Las inspecciones de trabajo NO SOLO se realizan en clubes importantes o en disciplinas deportivas más conocidas

  • Cualquier club con independencia de su tamaño y de la disciplina deportiva que practique puede ser objeto de una inspección, sirvan de ejemplos los siguientes casos. Año 2013, el Club de Natación Sabadell es sancionado por más de un millón de euros por la falta de alta en seguridad social de personal entre ellos entrenadores que percibían una retribución de 150-200 euros/mes. El mismo año es sancionado el Club de Ajedrez Llinars del Vallès por un importe de 18.000 €, el club de futbol Santboiá (3ª División), 700.000 €, ambos por idénticos motivos, y así sucesivamente a lo largo de Andalucía, Galicia, Extremadura, etc durante el año 2014.

Noticia de

Trabajo multa al Bullense por contar con la ayuda de una de sus jugadoras en unas clases de balonmano para niños

  • La Inspección Provincial de Trabajo ha sancionado con 3.126 euros al Club Balonmano Bullense por contar con la colaboración de una de sus jugadoras, Patricia Marín, durante unas jornadas sin ánimo de lucro para enseñar balonmano a un grupo de niños de la localidad. Según el organismo, la jugadora realizaba labores de monitora sin estar dada de alta en la Seguridad Social, lo que constituye una infracción del Estatuto de los Trabajadores.

Noticia del Diario AS

En el último año el Gobierno hizo más de mil inspecciones

  • En el último año, de marzo de 2014 a marzo de 2015, el Gobierno ha realizado un total de 1.118 inspecciones en clubes y entidades deportivas, lo que supone sólo el 0,16% de todas las realiza Trabajo. Barcelona, con 109 inspecciones; Madrid, con 81, y Valencia con 72, son las provincias con mayor número de inspecciones.
    El Gobierno no descarta hacer inspecciones laborales masivas a los clubes deportivos de base.

Noticia del Heraldo de Aragón

Inspección a 35 clubes aragoneses

  • Los inspectores de la Seguridad Social han agraciado con su visita a un total de 35 clubes de deporte base aragoneses. A los que han pedido que aclaren las situaciones laborales de técnicos, coordinadores, masajistas, preparadores físicos. La intención es realizar un escrutinio general para regularizar el empleo sumergido habitual en este subsector,en el que muchos colaboradores invierten varias horas semanales a cambio de una pequeña compensación.

Noticia de

Inspección en Sagunto

  • El club Fertiberia Puerto de Sagunto, militante en la máxima categoría del Balonmano, también han recibido la visita de los inpectores de trabajo.

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